Entra en vigencia el fin de la “aduana paralela” en Misiones: más de 16.500 contribuyentes dejan de pagar el anticipo de Ingresos Brutos en controles

01/07/2026
Entra en vigencia el fin de la “aduana paralela” en Misiones: más de 16.500 contribuyentes dejan de pagar el anticipo de Ingresos Brutos en controles

Más de 16.500 pequeños y medianos contribuyentes dejan de abonar desde este miércoles el pago a cuenta del impuesto a los Ingresos Brutos en los controles fiscales en ruta de Misiones. La medida, que había sido anticipada por el gobernador Hugo Passalacqua, alcanza al 95% del padrón provincial y apunta a agilizar el ingreso de mercaderías, reducir costos administrativos y fortalecer la competitividad de la economía misionera.

Este miércoles 1 de julio entra en vigencia en Misiones la suspensión del pago a cuenta del impuesto a los Ingresos Brutos en el control fiscal en ruta, conocido popularmente como “aduana paralela”. La medida, instrumentada por el Gobierno provincial y anticipada por el gobernador Hugo Passalacqua durante la apertura del período de sesiones ordinarias de la Legislatura, estará vigente por un plazo inicial de 12 meses y beneficiará al 95% del padrón de contribuyentes.

La medida no implica la eliminación de Ingresos Brutos —impuesto que se cobra en las 24 jurisdicciones del país—, sino del régimen de percepción anticipada para la mayoría de las empresas que, hasta ahora, debían realizar un pago a cuenta al ingresar productos a Misiones.

La exclusión es de oficio y sin necesidad de realizar trámite alguno. Alcanza a las pymes que durante 2025 hayan abonado hasta $10 millones anuales en concepto de pago a cuenta y comprenderá a 16.500 pequeños y medianos contribuyentes sobre un total de 17.300 registrados.

Por su parte, las 873 grandes empresas que continuarán incluidas en el sistema realizarán el pago a cuenta de manera global, digital, mensual y simplificada, lo que les significará un ahorro en costos administrativos.

La exclusión del pago a cuenta de Ingresos Brutos busca agilizar el ingreso de mercaderías a la provincia y atraer más inversiones a Misiones, en el marco de una estrategia orientada a sostener la actividad económica, según se explicó al fundamentar la medida.

Categorización actualizada mensualmente

Entre las disposiciones establecidas por esta nueva medida, la Dirección General de Rentas confeccionó y actualizará mensualmente un padrón de contribuyentes alcanzados por el sistema, con el objetivo de identificar a los sujetos incluidos, excluidos o considerados nuevos contribuyentes. La categorización tiene efectos legales y operativos para determinar las obligaciones exigibles en los puestos de control fiscal.

tributaria régimen simplificado de Ingresos Brutos

La resolución también precisa quiénes podrán ser considerados nuevos contribuyentes a los efectos de acceder a los beneficios de simplificación. Para ello, deberán acreditar una antigüedad mínima de tres meses de inscripción activa ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) al momento de solicitar su inscripción en la provincia. Quienes no cumplan con ese requisito quedarán excluidos de los beneficios y deberán continuar tributando bajo el régimen general.

Como parte de la implementación, se creó el Formulario SR-341 Informativo, que deberá ser generado previamente por los contribuyentes excluidos de oficio y por los nuevos contribuyentes alcanzados por el régimen especial. El documento tendrá carácter exclusivamente informativo y servirá para acreditar, en los controles en ruta, las operaciones realizadas y la documentación respaldatoria de la mercadería transportada.

Tal vez te interese leer: Alivio fiscal en Misiones anunciado por Passalacqua: “Es un avance en algo que durante años ha sido un reclamo del sector empresario” 

La resolución también garantiza la continuidad de los certificados de exclusión particular otorgados con anterioridad a la entrada en vigencia del nuevo esquema. Dichos certificados mantendrán su validez hasta la fecha de vencimiento prevista. Una vez cumplido ese plazo, la Dirección General de Rentas evaluará de oficio la situación fiscal de cada contribuyente para asignarle una nueva categorización y notificará la decisión a través del domicilio fiscal electrónico.

Respaldo generalizado

La exclusión del pago a cuenta de Ingresos Brutos en los controles en ruta genera un respaldo generalizado tanto del arco político provincial como del sector empresario, luego de haber sido reclamada históricamente.

En ese sentido, la Confederación Económica de Misiones (CEM) valoró que el Gobierno provincial “reconozca explícitamente” que los controles fiscales en los ingresos a la provincia afectaban la competitividad, y enfatizó que el desafío central radica en transformar este cambio en una política sostenida.

Por su parte, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) consideró que la medida “reconoce expresamente que el actual contexto macroeconómico nacional, caracterizado por restricciones financieras, caída de la actividad económica y aumento de los costos operativos, impacta de manera directa en la dinámica productiva y comercial de la provincia”.

Comerciantes y pequeñas y medianas empresas también expresaron su respaldo. Para empresarios locales, esta medida no solo responde a una necesidad comercial inmediata, sino que también abre una oportunidad para pensar en un modelo económico provincial más competitivo, dinámico y con mayores posibilidades de crecimiento para empresarios, trabajadores y consumidores.

Eliminación de retenciones en billeteras virtuales

Esa medida se suma a la eliminación de retenciones para las personas en sus billeteras virtuales cuando reciben transacciones. Se trata de una Resolución de la Agencia Tributaria Misiones (ATM), ratificada por el Ministerio de Hacienda de la Provincia.

Cuando una persona no está inscripta en ARCA y recibe una transferencia o un pago con tarjeta de crédito, el sistema presume hasta ahora que esos movimientos correspondían a una actividad comercial y, en consecuencia, aplicaba retenciones de manera automática.

Con la nueva resolución, ese criterio quedará sin efecto desde agosto para los usuarios comunes. En adelante, ya no se presumirá automáticamente que una persona desarrolla una actividad comercial por el solo hecho de recibir transferencias o pagos electrónicos. La medida alcanza tanto a las operaciones realizadas mediante billeteras virtuales (CVU) como a cuentas bancarias (CBU).

 

El Clima en El Soberbio